Perfil del estafado y sus motivaciones
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Perfil del estafado y sus motivaciones
Miércoles, 03 de Agosto de 2011 14:32

III. Perfil del estafado y motivaciones

2. Perfil de motivaciones de los depositantes ingenuos:

  • Falta de conocimiento de las condiciones que deben cumplir las empresas legales.
  • Ilusión de mejorar el nivel de vida, por medio de un pase “casi mágico”.

En general, confluyen estos dos elementos en la víctima de las estafas. La ingenuidad, como condición “sin equanum”. Se trata de incautos que creen que entran en un grupo inversores privilegiados.

Generalmente, los estafadores se centran en un colectivo específico (profesional, religioso, deportivo, entre otros) convencido de la legalidad de la inversión.

Los miembros de las sectas son más proclives a ser estafados –hipnotizados por sus predicadores-, precisamente porque, aparentemente, son más frágiles en cuanto a sus niveles de racionalizar supuestos actos de fe o manipulación de la misma.

Actitud anti status. “Dado que lo formal no me resuelve la vida, tal vez lo informal, me la resuelva”. Probablemente, esta es una de las motivaciones más importantes para que la gente ensaye mecanismos no formales para mejorar su nivel de vida.

Adicionalmente, descubierta la estafa, las víctimas son fácilmente manipulables.

Creen todo lo que les dice el estafador y participan activamente de revueltas contra la autoridad.

IV. Importancia de la reparación de daños

Cualquier delito provoca daño y el daño pone en peligro la calidad de vida, o la vida misma de las personas. La estafa es un delito que destruye o elimina el patrimonio de las familias, por lo que es necesario reflexionar en que no es suficiente atrapar al estafador, sino fundamentalmente encontrar mecanismos de reparación de los daños a las víctimas y la sanción penal a los organizadores y colaboradores de la pirámide.

Primera necesidad: Reparación de los Daños
Una vez detectado y detenido el proceso del delito, la primera necesidad que la justicia debe plantearse, antes del castigo, es la reparación de daños. Se trata de recuperar el patrimonio personal y familiar afectado. En esa lógica, PRIMERO se debe buscar el dinero mal habido y anotar preventivamente los bienes de los delincuentes.

Como consecuencia de la comisión de un delito surgen dos responsabilidades: la penal y la civil. La responsabilidad civil en delitos de estafa es la que se debe buscar precautelar de forma más eficiente el patrimonio estafado, pues la investigación y posterior sanción del delito de estafa se desarrolla en un periodo de tiempo prolongado.

En ese tiempo, la recuperación, también toma un tiempo indeterminado. Por tanto, es necesario implementar mecanismos administrativos más rápidos y eficientes para precautelar el patrimonio que el estafador ha obtenido gracias a su actividad ilegal. Es decir, debemos tener la posibilidad de ordenar la anotación preventiva de bienes muebles e inmuebles sujetos a registro, retención de fondos para precautelar el dinero de los depositantes y evitar que el estafador haga desaparecer todo lo obtenido de forma ilícita.
En esta materia, Colombia dio una gran lección en noviembre del 2008, cuando enfrentó una estafa piramidal clásica ejecutada por el Grupo DMG con alrededor de 80 mil afectados. Lo primero que hizo fue detectar dónde estaban los bienes que el estafador fue acumulando durante los últimos cinco años, periodo en el que montó la estafa piramidal, y los anotó preventivamente… fue anotando aviones, vehículos extraordinarios, mansiones, pues solo su venta permitiría reparar los daños. Una gran lección para la justicia boliviana que se ocupa muy marginalmente del tema de los bienes.

Segunda Necesidad: Investigar y sancionar el delito
Si la justicia protege con alta prioridad el resguardo de los bienes acumulados por el estafador para reparar el delito y pasa a la estructura de la investigación para determinar la culpabilidad y el delito, habrá cubierto dos grandes necesidades de la sociedad.

Tercera Necesidad: Tipificar la estafa piramidal como delito financiero autónomo.
El ahorro de la colectividad es asunto de interés público de los Estados y, en esa línea, las Estafas Piramidales son DELITOS FINANCIEROS que provocan crisis y derrumbe de economías. De manera directa o indirecta afectan la estabilidad de los gobiernos y generan desconfianza del público en sus instituciones.

Por estas razones, legislaciones recientes a nivel mundial han conferido autonomía y características propias dentro del Derecho Penal Económico, a varias figuras delictivas - entre ellas las estafas piramidales- cuya posibilidad de comisión es privativa únicamente dentro de la realización de actividades de intermediación financiera.

V. Necesidad de profundizar el tema

  • No evadir la responsabilidad de continuar los esfuerzos para que las superintendencias o entes reguladores cumplan la obligación de controlar la proliferación de estafas piramidales. Las estafas son parte de “lo sucio” de la sociedad y es fundamental evitar que por ahí se difundan virus, bacterias y enfermedades del sistema financiero de los países. Es obligación del ente regulador -como autoridad supervisora- intervenir en “lo sucio, lo desagradable y lo feo” para proteger a la sociedad de las estafas piramidales. Para ello, es necesario plantearse la urgencia de preparar procedimientos adecuados.
  • Promover encuentros y trabajos interdisciplinarios e interinstitucionales para proponer legislación apropiada con participación de Jueces, Fiscales, Corte Suprema, Policía, supervisores y operadores del sistema financiero formal.
  • Promover y participar activamente de nuevos encuentros nacionales e internacionales especializados en el tema.
Fuente: Estafas Piramidales. Lecciones Aprendidas. ASFI. Bolivia.
 
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